El desalojo de la vaqueriza de la avenida de la Matea sigue su cauce
El Juez avala que los cortes de suministro de luz y agua se hicieron conforme a Derecho.
El Gobierno Municipal ha informado a la ciudadanía sobre el último trámite acontecido en relación al desalojo de la vaqueriza ubicada en las inmediaciones de la avda. de la Matea, y cuyo cese de actividad fue acordado en la Junta de Gobierno de 18 de marzo de 2015.
Desde junio de 2015, el Ayuntamiento de Rota ha estado dándole plazos al ganadero para que traslade su explotación a otro lugar que no cause los problemas de salubridad pública que viene ocasionando, todo ello al mismo tiempo que el titular de la explotación iniciaba una batalla jurídica para intentar que dicha resolución de marzo de 2015 se anulara. En septiembre de 2018 el Juzgado dicta sentencia en contra del ganadero y mantiene que la resolución de marzo de 2015 debe ser ejecutada, máxime ante la voluntad del titular de la explotación de no haberse trasladado a otro emplazamiento habiendo dispuesto de más de tres años para hacerlo.
En octubre de 2018, el Ayuntamiento inicia el expediente de ejecución subsidiaria, ordenando el traslado forzoso del ganado y cortando los suministros de luz y agua conforme determina la normativa urbanística. Dicha ejecución tuvo que ser paralizada como consecuencia de un nuevo recurso contencioso-administrativo que el ganadero interpuso ante la resolución de ejecución.
Actualmente ya se ha dictado sentencia en ese asunto, y lejos de decir que el desalojo de la vaqueriza no se pueda llevar a cabo, como se ha expresado en algunos medios de comunicación, lo cierto es que el Juez que ha conocido la causa ha determinado con total rotundidad que el acuerdo de cese de la actividad tiene que ser ejecutado. En este sentido la sentencia dice literalmente: “… se debe considerar que el cese de la explotación ganadera es una resolución firme que no se puede alterar por cuanto el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 13/03/2015 ha sido confirmado por la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz de fecha 19/09/2018, como por la sentencia de la sección tercera del TSJ de Andalucía de fecha 22/074/2019”.
Además, la sentencia desmonta algunos de los argumentos que se había venido esgrimiendo por el titular de la explotación cuando dice que “… es cierto que la administración demandada ha otorgado un plazo suficiente para el cumplimiento de la resolución firme de cese de actividad sin que el recurrente (el ganadero) haya cumplido en plazo, ante lo cual jurídicamente hablando la ejecución subsidiaria estaría justificada”.
Por tanto, el Juez deja claro que hay que seguir con el desalojo de la vaqueriza, indicándole a este Ayuntamiento que adopte otras medidas de ejecución que no implique el sacrificio del ganado, como podría ser el precinto de la actividad con apercibimiento al ganadero que de no cumplirlo podría estar incurriendo en un delito de desobediencia.
En base a esta sentencia, el Ayuntamiento seguirá las indicaciones judiciales, como no puede ser de otra manera, ya que ésta ha sido siempre la única voluntad de esta Administración, actuar en los términos que la legislación impone. Por tal motivo, una vez se levante la suspensión de los plazos administrativos decretado por el estado de alarma, se le requerirá al ganadero que desaloje la explotación y si no lo hiciera se acordará el precinto de la misma, no pudiendo realizar la actividad propia de la explotación que es la comercialización de la leche, sin perjuicio de la obligación del ganadero de mantener el ganado en las debidas condiciones, y todo ello con los apercibimientos legales que procedan.
Entendemos que esta situación va a resultar más gravosa para el ganadero, que tendrá que seguir mantenido el ganado mientras lo traslada, sin obtener rendimientos de la explotación, pero esta es la solución a la que nos vemos abocados tal como han devenido los acontecimientos. Esperemos que con estas medidas avaladas judicialmente, se pueda resolver el problema de salud pública que tantos vecinos vienen denunciando desde hace años.
El Juez desestima que el Ayuntamiento tenga que pagar 40.000 € en concepto de indemnización
Por otro lado, la autoridad judicial ha determinado que el Ayuntamiento actuó conforme a Derecho cuando acordó el corte de los suministros de luz y agua, y que por tanto no procede abonarle ninguna indemnización al ganadero. La sentencia dice textualmente: “… En el presente caso se entiende que no existe relación de causalidad entre el funcionamiento anormal de los servicios públicos y el daño, por cuanto la resolución de 10 de octubre de 2017 es consecuencia de las resoluciones judiciales que acuerdan el cese de la actividad y que existió un requerimiento expreso que fue incumplido por el recurrente y por tanto la ejecución subsidiaria estaba justificada jurídicamente……. El requerimiento se realizó y el recurrente (ganadero) no cumplió en plazo ante lo cual la administración procedió a la ejecución por ello se entiende que los gastos causados por el recurrente para mantener la explotación no se puede imputar a la administración demandada”.
La Junta de Andalucía se desentiende del problema
Desde el Gobierno Municipal también se ha querido trasladar a la opinión pública la dejación de funciones que está llevando a cabo la Junta de Andalucía que se quiere desentender de un problema que le toca de lleno, dejando abandonados a todos los vecinos que sufren los perjuicios de esa explotación. Es inverosímil que no se cancele el código de explotación a una ganadería que todas las resoluciones judiciales dicen que es ilegal, y además que lo hagan cuando lo que está en juego es la salud pública de los ciudadanos, siendo la Administración Autonómica la responsable de preservar la salud de todos los andaluces.
Esta situación de inactividad no puede ser pasada por alto por parte de este Ayuntamiento que ya ha entablado también una reclamación judicial para que se le ordene a la Junta de Andalucía a que actúe en defensa de los intereses generales de la ciudadanía.