Organización Municipal > Departamentos Municipales > Tesorería

Departamentos Municipales

Departamento:
Tesorería
Responsable:
D. Juan Antonio Liaño Pazos - Delegado de Hacienda
Coordinador del Área:
Dª. Blanca Poole Torres (Tesorera)
Horario atención al público:
De 09:00 a 14:00 H.
Dirección:
Plaza de España nº 1
Teléfono:
956 - 82 91 33
Fax:
956 - 82 9137
Email:
Descripción:


 
 FUNCIONES:

 Son funciones encomendadas a la Tesorería de las Entidades Locales: (R.D. Legislatiovo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, y 5 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre):

El manejo y custodia de fondos, valores y efectos
     de la Entidad Local, de conformidad con lo
     establecido por las disposiciones legales vigentes.
La Jefatura de los servicios de Recaudación.
El manejo y custodia de fondos, valores y efectos.
      Comprende:
La realización de cuantos cobros y pagos
     corresponda a los fondos y valores. Entidad,
     de conformidad con lo establecido por las
     disposiciones legales vigentes.
     A este respecto, la LRHL precisa:

Para efectuar los cobros y pagos, las Tesorerías
     pueden utilizar los servicios de las Entidades
     bancarias o servirse de la propia caja de la
     Corporación. El artículo 178 de la LRHL concreta
     que las Entidades Locales podrán concertar los
     servicios financieros de su Tesorería con Entidades
     de crédito y ahorro, mediante la apertura de
     los siguientes tipos de cuentas:
 Cuentas operativas de ingresos y pagos.
Cuentas restringidas de recaudación.
Cuentas restringidas de pagos.
Cuentas financieras de colocación de excedentes
     de Tesorería.
Asimismo, las entidades Locales podrán autorizar
       la existencia de Cajas de efectivo, para los fondos
      de las operaciones diarias, las cuales estarán
      sujetas a las limitaciones que reglamentariamente
      se establezcan.
 Medios de pago y cobro.
 Las Entidades Locales podrán dictar reglas
      especiales para el ingreso del producto de la
      recaudación de los recursos que podrán realizarse
      en las Cajas de efectivo o en las Entidades de
      crédito colaboradoras mediante efectivo,
      transferencias cheques o cualquier otro medio o
      documento de pago sean o no bancarios, que se
      establezcan.
Entidades Locales podrán asimismo pagar sus
     obligaciones por cualquiera de los medios a
      que se refiere el apartado anterior (art. 179 de la
      LRHL).
La Tesorería es competente para la organización
     de la custodia de fondos,valores y efectos de
     conformidad con las directrices señaladas por la
     Presidencia. Están obligadas, asimismo, a
     responder de los avales contraídos.

La Tesorería es responsable de la ejecución
      conforme a las directrices marcadas por la
      Corporación, de las consignaciones en Bancos
      Caja General de Depósitos y establecimientos
      análogos, autorizando junto con el Ordenador de
      pagos y el Interventor los cheques y demás órdenes
      de pago que se giren contra las cuentas abiertas en
      dichos establecimientos.

Servir al principio de unidad de caja, mediante la
      centralización de todos los fondos y valores
      generados por operaciones presupuestarias
      y extrapresupuestarias.
La formación de los planes y programas de
      Tesorería distribuyendo en el tiempo las
      disponibilidades dinerarias de la entidad para
      la puntual satisfacción de sus obligaciones,
      atendiendo a las prioridades legalmente
      establecidas conforme a las directrices marcadas
      por la Corporación.
TRÁMITES Y PROCEDIMIENTOS:


Calendario
L M X J V S D
    1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30
septiembre 2010

Empleo Público
II Certamen Poesia Ángel García
Cross Urbano Dosa
Verano deportivo 2.010
Juventud, Cultura y Deporte
 
Cartelera de Cine
Aremsa-Aqualia
Televisión Local





© Ayuntamiento de Rota